Costas en juicio de faltas por accidentes de tráfico

Se comenta en este apartado la posible condena en costas de Accidentes de Tráfico celebrados en Juicio de Faltas al causante del mismo.

En el derecho español , en toda clase de juicios ( en su mayoría) suele ser preceptiva la intervención de Abogado y Procurador. En el ámbito penal, ello acaece en toda clase de Juicios, salvo en los denominados Juicios de Faltas, en los que no es preceptiva la intervención de estos profesionales. La mayor parte de los Accidentes de Tráfico suelen tramitarse como Juicios de Faltas de forma que conforme a Ley, el causante del mismo no tendría que abonar los gastos del Abogado del perjudicado. Sin embargo se está abriendo paso una corriente jurisprudencial que condena a las Costas del Juicio de Faltas a los causantes del accidente, cuando en esta clase de Juicios se ventilan cuestiones complejas como los factores de corrección; los intereses moratorios del artículo 20 de LCS; la posible concurrencia de culpas, y en general cuando se necesitan conocimientos específicos para poder lograr no sólo la condena del causante del accidente, sino también la condena de la Responsabilidad Civil. Incluso el Tribunal Constitucional ya está avalando esta corriente, siendo un ejemplo el Auto del Juzgado de Instrucción de Illescas dictado en un Juicio de Faltas por un Accidente de Tráfico ocasionado con motocicleta. Ver pdf adjunto.