Nuestro Despacho de abogados está especializado en separaciones, divorcios y todo lo relacionado con el Derecho de Familia, ofreciendo un tratamiento integral de los mismos, desde la tramitación del convenio regulador de las relaciones personales y económicas, hasta la extinción y liquidación de la sociedad de gananciales y de los bienes y derechos que comprenden la misma.
Contamos con más de 40 años de experiencia en la tramitación de divorcios, asesorándote en todo momento durante todo el proceso y actuando tanto en la Comunidad de Madrid como en todo el territorio nacional, tanto en intervenciones judiciales (divorcios contenciosos) como en intervenciones extrajudiciales (divorcios de mutuo acuerdo).
El Despacho fue el primero en la tramitación del procedimiento notarial de divorcio en Pinto, Valdemoro y Ciempozuelos.
Diferencias entre divorcio y separación
Cada año, en España, se ven implicadas en crisis familiares de divorcio más de 95.000 parejas (tanto matrimonios como parejas de hecho), por lo que nos encontramos ante un fenómeno social de gran frecuencia. Esta circunstancia de ruptura familiar puede afrontarse desde el acuerdo o consenso con la otra parte (esto es, divorcio de mutuo acuerdo) o desde el enfrentamiento (esto es, por el contrario, divorcio contencioso).
A estos efectos, no es necesario pasar por la separación judicial (suspensión del vínculo matrimonial, de la obligación de convivencia) para acceder al divorcio (disolución del vínculo matrimonial), únicamente se exige que hayan pasado 3 meses desde que se celebró el matrimonio, ya sea un matrimonio civil o eclesiástico.
Las diferencias fundamentales entre separación y divorcio, entre otras, las siguientes:
- Si se opta por el divorcio, puede contraer posteriormente nuevo matrimonio, mientras que si opta por la separación no se puede volver a casar.
- Si se opta por la separación y luego quiere divorciarse, deberá afrontarse dos procesos judiciales, con lo que ello puede suponer de coste emocional y económico.
El 70% de los procedimientos matrimoniales de separaciones y/o divorcios, se resuelven por los trámites del mutuo acuerdo, mientras que el 30% se resuelven por los trámites del procedimiento contencioso.
Tipos de divorcio
Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo o consensual es aquel en el que ambos cónyuges, además de estar conformes con el divorcio o separación, pactan entre ellos las medidas que regirán respecto a los hijos, pensiones compensatorias y bienes del matrimonio. Ello se plasma en el correspondiente convenio regulador.
Este convenio regulador posteriormente se ratifica a presencia judicial (cuando hay hijos menores de edad) o a presencia notarial (cuando no hay hijos o estos son mayores de edad, siempre que no dependan de los padres o convivan en el domicilio familiar).
Por otro lado, cuando se habla de procedimiento contencioso, es cuando bien uno de los cónyuges no quiere divorciarse y, por tanto, es imposible cualquier tipo de acuerdo; o bien cuando existiendo conformidad en el divorcio, se discrepa respecto a todas o a algunas de las medidas que debe contener el convenio regulador (custodia de los hijos, pensiones, uso de la vivienda familiar, pensión compensatoria, pensiones de alimentos).
Divorcio contencioso
En el procedimiento contencioso será el Juez quien resolverá la discrepancia en relación con los diferentes aspectos, acordando el divorcio e imponiendo las medidas que él considera justas, tras la celebración del juicio correspondiente por considerar que se trata de las más beneficiosas para los hijos o las más equitativas entre los cónyuges.
En estos procedimientos judiciales las medidas que se dirimen en los tribunales son las relativas al uso de la vivienda familiar; el régimen de guarda y custodia de los hijos (hoy por regla general es la custodia compartida); pensiones alimenticias a favor de los hijos menores de edad; régimen de vacaciones de los hijos con el padre o madre no custodio, y la liquidación de los gananciales.
40 años en separaciones y divorcios